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En los supuestos de existencia de indicios de delitos contra la Hacienda Pública, si la liquidación a practicar por la Administración Tributaria (arts. 250 y 251 Ley 58/2003, General Tributaria) pudiese perjudicar de cualquier forma la investigación o comprobación de la defraudación por los Tribunales:

Respuestas
  • ALa Administración Tributaria acompañará, al escrito de denuncia o de querella presentados, acuerdo motivado en el que se justifique las circunstancias determinantes de la decisión administrativa de proceder a dictar dicha liquidación, no concediéndose trámite de audiencia o alegaciones al interesado.
  • BLa Administración Tributaria acompañará, al escrito de denuncia o de querella presentados, acuerdo motivado en el que se justifique las circunstancias determinantes de la decisión administrativa de no proceder a dictar dicha liquidación, no concediéndose trámite de audiencia o alegaciones al interesado.
  • CLa Administración Tributaria acompañará, al escrito de denuncia o de querella presentados, acuerdo motivado en el que se justifique las circunstancias determinantes de la decisión administrativa de no proceder a dictar dicha liquidación, concediéndose trámite de audiencia o alegaciones al obligado tributario.
  • DLa Administración Tributaria acompañará, al escrito de denuncia o de querella presentados, acuerdo motivado en el que se justifique las circunstancias determinantes de la decisión administrativa de proceder a dictar dicha liquidación, concediéndose trámite de audiencia o alegaciones al interesado.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 15. La revisión de los actos de carácter tributario en vía administrativa. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Los Tribunales Económico-Administrativos.
Ley
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-05-28 - OEP 2021) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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