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No constituye un delito de abandono de destino según el artículo 409 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal:

Respuestas
  • ALas autoridades o funcionarios públicos que promovieren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público.
  • BLas autoridades o funcionarios públicos que dirigieren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público.
  • CLas autoridades o funcionarios públicos que participaren en el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público.
  • DLas autoridades o funcionarios públicos que organizaren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 26. Delitos contra la Administración Pública. Prevaricación. Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos. Desobediencia y denegación de auxilio. Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos. Cohecho. Tráfico de influencias. Malversación. Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
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