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En cuanto a la iniciación del procedimiento de comprobación de valores, indique la opción correcta:

Respuestas
  • APuede iniciarse mediante comunicación de la Administración actuante o mediante la notificación conjunta de la propuesta de liquidación y la valoración, cuando existan datos suficientes.
  • BSólo puede iniciarse mediante requerimiento previo al obligado tributario para que aporte documentación adicional. Sólo puede iniciarse mediante comunicación, nunca mediante notificación conjunta de la liquidación.
  • CPuede iniciarse únicamente cuando el obligado solicite valoración previa y ésta resulte insuficiente.
  • DEl procedimiento de comprobación de valores se inicia exclusivamente tras la finalización de un procedimiento de inspección, siendo obligatorio que exista un acta previa.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 8. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria. Los procedimientos de gestión tributaria: Iniciación, trámites y terminación. El procedimiento de verificación de datos. El procedimiento de comprobación de valores. El procedimiento de comprobación limitada. El procedimiento para la rectificación de autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones de datos y solicitudes de devolución.
Ley
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

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