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A tenor del Reglamento Penitenciario, cuando el escrito de queja o de recurso ante el/la Juez/a de Vigilancia Penitenciaria se presente en cualquier oficina de Registro de la Administración Penitenciaria, una vez entregado al interno/a o a su representante el correspondiente recibo o copia simple fechada y sellada, se remitirá sin dilación y en todo caso en el plazo máximo de:

Respuestas
  • ACinco días al/la Juez/a de Vigilancia Penitenciaria correspondiente.
  • BDos días al/la Juez/a de Vigilancia Penitenciaria correspondiente.
  • CVeinticuatro horas al/la Juez/a de Vigilancia Penitenciaria correspondiente.
  • DTres días al/la Juez/a de Vigilancia Penitenciaria correspondiente.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 15. El régimen disciplinario: Principios generales y ámbito de aplicación. Clasificación de las faltas y determinación de las sanciones. Procedimiento sancionador. Ejecutoriedad. Prescripción y cancelación. Las recompensas
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2026-01-18 - OEP 2025) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Cuando el escrito de queja o de recurso se presente ante cualquier oficina de Registro de la Administración Penitenciaria, una vez entregado al interno o a su representante el correspondiente recibo o copia simple fechada y sellada, se remitirá, sin dilación y en todo caso:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEn el plazo máximo de tres días, al Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente
  • BEn el plazo máximo de dos días, al Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente
  • CEn el plazo máximo de cinco días, al Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente
  • DNinguna es correcta
2. Según el artículo 54.3 del RP la queja o recurso presentado por el interno en cualquier oficina o registro de la Administración Penitenciaria, una vez entregado al interno o a su representante el correspondiente recibo o copia simple fechada y sellada se remitirá:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ASin dilación y en todo caso, en el plazo máximo de 3 días al JVP.
  • BSin dilación y en todo caso, en el plazo máximo de 1 día al Consejo de Dirección.
  • CEn cualquier momento al Centro Directivo.
  • DEn el plazo máximo de 2 días a la Comisión Disciplinaria.

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