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De acuerdo con lo establecido en el art. 182 del Reglamento Penitenciario, la asistencia en instituciones extrapenitenciarias de penados/as clasificados/as en tercer grado que necesiten un tratamiento específico para deshabituación de drogodependencias, podrá ser autorizada por:

Respuestas
  • ALa Junta de Tratamiento, dando cuenta al Centro Directivo.
  • BEl Consejo de Dirección, dando cuenta al/la Juez/a de Vigilancia.
  • CEl Consejo de Dirección, dando cuenta al Centro Directivo.
  • DEl Centro Directivo, dando cuenta al/la Juez/a de Vigilancia.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 8. El régimen cerrado: Criterios de aplicación y características. Modalidades. El régimen abierto: Objetivos, criterios de aplicación y centros de destino
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
Preguntada en la convocatoria de:
(2026-01-18 - OEP 2025) Examen Oficial Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
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1. De acuerdo a lo establecido en el artículo 182 del Reglamento Penitenciario, la asistencia en instituciones extrapenitenciarias de penados clasificados en tercer grado que necesiten un tratamiento específico para deshabituación de drogodependencias para ser autorizada por:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl Juez de Vigilancia Penitenciaria.
  • BEl Centro Directivo.
  • CEl Director del Establecimiento.
  • DLa Junta de Tratamiento.
2. De acuerdo a lo establecido en el artículo 182 del Reglamento Penitenciario, la autorización en instituciones extrapenitenciarias de penados clasificados en tercer grado que necesiten un tratamiento específico para deshabituación de drogodependencias, estará condicionada a la existencia de:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • APrograma de deshabituación aprobaado por la Junta de Tratamiento.
  • BContrato entre la Administración Penitenciaria y la institución de acogida.
  • CConsentimiento y compromiso expresos del interno para observar el régimen de vida propio de la institución de acogida.
  • DPrograma de seguimiento del interno aprobado por el Equipo Técnico.

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