Crear pregunta

De acuerdo con el Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, será competente para ordenar la incoación de expediente disciplinario a los/as funcionarios/as de la Administración del Estado:

Respuestas
  • AEl/la Subsecretario/a del Departamento en que esté destinado el/la funcionario/a, en todo caso.
  • BEl/la Ministro/a del Departamento donde esté destinado el/la funcionario/a.
  • CLos/as Directores/as Generales con la autorización del/la Subsecretario/a del Departamento.
  • DEl/la Delegado/a del Gobierno con la autorización del/la Subsecretario/a del Departamento.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 18. Régimen disciplinario. Faltas y sanciones. Procedimiento sancionador. Responsabilidad civil, penal y administrativa de los funcionarios públicos.
Ley
Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado
Preguntada en la convocatoria de:
(2026-02-08 - OEP 2025) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Número de veces que esta pregunta ha aparecido en un test
1

Preguntas similares

1. Será competente para ordenar la incoación de expediente disciplinario a los funcionarios de la Administración del Estado, según lo estipulado en el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl Subsecretario del Departamento en que esté destinado el funcionario, en todo caso.
  • BEl Ministro del Departamento donde esté destinado el funcionario.
  • CEl Subsecretario del Departamento en que este destinado el funcionario, a propuesta de los Directores Generales.
2. Conforme al artículo 7 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, es una falta grave:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa incorrección con superiores, compañeros o subordinados.
  • BLa notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas.
  • CEl incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.
  • DIntervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas.

Valora esta pregunta

Máximo 4000 caracteres

4000 caracteres restantes

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios(incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.