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En el caso que una persona quebrantare una medida de seguridad no privativa de libertad, como la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, el órgano judicial, de conformidad con el artículo 100.2 del Código Penal:

Respuestas
  • ADeducirá testimonio por el quebrantamiento.
  • BImpondrá una multa proporcional a la gravedad del quebrantamiento.
  • CDejará en suspenso su ejecución hasta que el sujeto reanude el cumplimiento de la medida, y sin que compute el tiempo transcurrido durante el quebrantamiento como de cumplimiento de la medida.
  • DAmpliará el plazo de duración de la medida quebrada hasta que desaparezca la peligrosidad criminal del sujeto.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penal
Tema
Tema 10. Las medidas de seguridad: Concepto, clases y fines
Ley
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Preguntada en la convocatoria de:
(2026-02-08 - OEP 2025) Examen Oficial Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
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