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Según el artículo 24.3 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales:

Respuestas
  • AEl/la promotor/a de la obra deberá vigilar el cumplimiento de los contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales.
  • BEl Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo vigilará el cumplimiento de los contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales.
  • CLa Autoridad Laboral vigilará el cumplimiento de los contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales.
  • DLas empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios deberán vigilar el cumplimiento por dichos/as contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Administración de Recursos Humanos
Tema
Tema 23. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo: trabajo y salud. Daños derivados del trabajo: accidente laboral y enfermedad profesional. Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales: derechos y deberes. Riesgos generales: la carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral. Planes de emergencia y evacuación. Control de la salud de los trabajadores
Ley
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Preguntada en la convocatoria de:
(2026-02-08 - OEP 2025) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

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