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El artículo 16 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, dispone que el régimen de contratación de ésta se rige por la Ley de Contratos, salvo:

Respuestas
  • AEn casos de necesidad, al tratarse de un presupuesto abierto.
  • BNo se contempla ninguna excepción.
  • CEn el supuesto de no disponer de alguna materia prima indispensable para la confección del racionado de los internos.
  • DEn el supuesto de tener que realizar compras de materias primas para talleres de colaboración externa.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Gestión penitenciaria
Tema
Tema 8. Régimen económico-financiero de la Entidad Estatal del Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo (TPFE). Los Presupuestos de Explotación y de Capital de la Entidad (TPFP). Organización de la Tesorería de la Entidad. La Contabilidad de la Entidad: Principios generales. Las cuentas anuales de la Entidad. Referencia a las Normas Internas de contratación
Ley
Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo
Preguntada en la convocatoria de:
(2026-02-08 - OEP 2025) Examen Oficial Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias

Preguntas similares

1. Según el artículo 14 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la Entidad:
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  • AEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter aproximado
  • BEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter concreto.
  • CEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter estimativo.
  • DEstará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por la Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter imperativo.
2. Señale la respuesta correcta según lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo:
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  • AEl Consejo de Administración, que no podrá exceder de trece miembros, estará formado por el Presidente y los vocales.
  • BAsistirá, asimismo, a las sesiones del Consejo de Administración, con voz y con voto, un representante de la Intervención Delegada en el Ministerio del Interior.
  • CAl Presidente le corresponde dirigir las deliberaciones del Consejo, que deberá reunirse, siempre, dos veces al año.
  • DEn el caso de vacante, ausencia o enfermedad del Director-Gerente, las funciones de secretario recaerán en el Director General de Ejecución Penal y Reinserción Social.
3. De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, es función del Presidente:
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  • AAprobar el plan de actuación de la Entidad, en coordinación con el de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
  • BRendir cuentas anuales al Tribunal de Cuentas.
  • CCumplir y velar por el cumplimiento de los fines esenciales de la Entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
  • DDeterminar anualmente el módulo retributivo de los internos que realicen trabajos productivos en los talleres penitenciarios.
4. A tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la estructura de su presupuesto:
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  • ASerá la correspondiente a los presupuestos de explotación y capital de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • BSerá la correspondiente a los presupuestos del estado de ingresos obtenidos con la venta de los productos elaborados en los talleres.
  • CSerá la correspondiente a los presupuestos de explotación comercial de las Entidades que forman parte del sector público administrativo.
  • DSerá la correspondiente al presupuesto empresarial de las Entidades que forman parte del sector público estatal.
5. A tenor de lo dispuesto en el artículo 5.1 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, son máximos órganos de dirección:
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  • APresidente, Vicepresidente y Consejo de Dirección.
  • BPresidente, Consejo de Administración y Directo-Gerente.
  • CPresidente, Consejo de Dirección y Director-Gerente.
  • DPresidente y Consejo de Administración.
6. De acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, no es una función encomendada a la misma:
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  • ALa colaboración permanente con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias u otras instituciones especializadas, para la gestión de penas o medidas alternativas previstas en la legislación penal.
  • BLa promoción de relaciones con instituciones y organizaciones que faciliten el cumplimiento de los fines de la Entidad.
  • CLa gestión de los economatos y cafeterías existentes en los establecimientos penitenciarios y Centros de Inserción Social.
  • DLa realización de actividades industriales, comerciales o análogas y, en general, cuantas operaciones se relacionen con el trabajo penitenciario o se le encomienden por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, para el cumplimiento de los fines que le son propios.
7. Según establece el artículo 4.1 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, el trabajo de los reclusos será retribuido conforme a:
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  • AEl rendimiento normal de la actividad y la categoría profesional.
  • BLa categoría profesional y el horario de trabajo efectivamente cumplido.
  • CEl rendimiento normal de la actividad y el horario de trabajo efectivamente cumplido.
  • DEl rendimiento normal de la actividad, categoría profesional y horario de trabajo efectivamente cumplido.
8. De acuerdo con el artículo 10.1 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la estructura orgánica de la Entidad tiene dependencia directa de:
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  • AEl Presidente.
  • BEl Consejo de Administración.
  • CEl Director-Gerente.
  • DEl Gerente.
9. Conforme establece el artículo 3 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo ¿cuál de las siguientes funciones no corresponde a la entidad?
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  • AEl impulso y la coordinación de cuantas líneas de actividad se desarrollen desde la Administración penitenciaria en materia de preparación o acompañamiento para la inserción sociolaboral.
  • BLa organización del trabajo no productivo penitenciario y su oportuna retribución.
  • CLa instalación, ampliación, transformación, conservación y mejora de los talleres, explotaciones agrícolas penitenciarias, o locales e instalaciones necesarias para los fines de la entidad, ·así como los servicios, obras y adquisiciones que se refieren a su explotación, producción o actividad.
  • DLa formación para el empleo de los internos/as en centros penitenciarios y centros de inserción social.
10. Conforme recoge el artículo 1 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, que aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, ésta reúne las siguientes características, excepto:
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  • APersonalidad jurídica pública diferenciada.
  • BCapacidad jurídica, de obrar y las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines.
  • CPatrimonio y tesorería propios.
  • DPotestad expropiatoria.
11. Según el artículo 1.2 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la dirección estratégica, la evaluación y el control de resultados de la actividad de la Entidad de, así como el control de la eficacia, corresponden a:
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  • AEl Consejo de Administración.
  • BEl Ministerio del Interior.
  • CEl Secretario General de Instituciones Penitenciarias.
  • DAl Director-Gerente.
12. De acuerdo con el artículo 7.3 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, ¿con qué periodicidad deberá reunirse el Consejo de Administración?
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  • AUna vez al año.
  • BAl menos una vez al mes.
  • CAl menos dos veces al año.
  • DSemestralmente.
13. Conforme al artículo 14 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, dicha entidad estará sometida al Plan General de Contabilidad Pública con la adaptación establecida por:
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  • ALa Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter limitativo.
  • BEl Ministerio del Interior por conducto de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
  • CLa Intervención General de la Administración del Estado para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter estimativo.
  • DLa Intervención de la Administración Autonómica en el ejercicio de sus competencias.

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