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De acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, sobre el reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, en el caso de que la persona requerida acepte la entrega:

Respuestas
  • ALa resolución judicial deberá adoptarse en los diez días siguientes a la celebración de la audiencia.
  • BLa resolución judicial deberá dictarse en un plazo de quince días a partir de la celebración de la audiencia.
  • CLa resolución judicial deberá adoptarse en los veinte días siguientes a la celebración de la audiencia.
  • DLa resolución judicial deberá adoptarse en los treinta días siguientes a la celebración de la audiencia.
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho penitenciario
Tema
Tema 9. Expulsión administrativa con autorización judicial. Extradición. Derecho de asilo y condición de refugiado. La orden europea de detención y entrega. Organismos de vigilancia y control. La ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea. Traslado de personas condenadas. La regulación supranacional en materia penitenciaria. Cooperación jurídica internacional
Ley
Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
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