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¿A quién le corresponde la proposición de aplicación del principio de flexibilidad según el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario?

Respuestas
  • AA la Junta de Tratamiento.
  • BAl Equipo Técnico.
  • CAl Juez de Vigilancia Penitenciaria.
  • DAl Centro Directivo.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 10. Grados. La clasificación de los penados. El principio de flexibilidad. Variables y criterios de clasificación. Procedimiento de clasificación inicial. Casos especiales. Progresión, regresión y revisión de grado. La Central de Observación
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario

Preguntas similares

1. Para la aplicación del principio de flexibilidad conforme lo dispuesto en el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, ¿es necesaria aprobación?
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ANo, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad.
  • BSí, necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad.
  • CSí, necesitará de la ulterior aprobación del Centro DIrectivo, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad.
  • DLa pregunta no es correcta. Necesitará de la ulterior autorización del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad.

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