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A tenor del artículo 9.3 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad, en los supuestos de suspensión de la relación laboral especial penitenciaria, ¿quién podrá designar a otro interno para el desempeño del puesto de trabajo mientras dure la mencionada suspensión?:

Respuestas
  • ALa entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para la Empleo.
  • BEl Director.
  • CEl Centro Directivo.
  • DLa Junta de Tratamiento.
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 11. La relación laboral en el medio penitenciario: Características. Los distintos tipos de trabajo en el medio penitenciario. Extinción y suspensión de la relación laboral. La Entidad Pública Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. Gestión de nóminas y seguridad social de los internos trabajadores
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Penología y Derecho Penitenciario
Tema
Tema 26. Duración de la relación laboral especial penitenciaria. Organización del trabajo productivo. Promoción laboral. Remuneración y tiempo del trabajo productivo. Suspensión y extinción de la relación laboral. Trabajos ocupacionales no productivos
Oposición
Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Gestión penitenciaria
Tema
Tema 6. Especialidades de la gestión de los servicios de alimentación y economato bajo la fórmula de taller productivo. Extinción y suspensión de la relación laboral. La Entidad Pública Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo: Gestión de nóminas y seguridad social de los internos trabajadores
Ley
Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad
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